En el documento de siete puntos presentado al Alto Tribunal, la ministra señaló que las únicas facultades constitucionales del Comité son: recibir expedientes de las personas aspirantes, evaluar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales e identificar a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo, con la finalidad de integrar los listados respectivos.
Asimismo, subrayó que resulta improcedente la suspensión del proceso electoral judicial, así como los actos vinculados a éste, por lo que el Tribunal Pleno debe ordenar a dicho Comité reanudar inmediatamente el proceso de evaluación y selección de sus postulaciones, a fin de aprobar en febrero próximo la lista definitiva de candidatos.
La ministra puntualizó que “la suspensión (de actividades) que ilegalmente decretó el Comité de Evaluación del PJF, afecta tanto a los participantes como a los ciudadanos de votar por los seleccionados del Poder Judicial”.Esquivel Mossa enfatizó que la materia de todas las impugnaciones contra el proceso de elección judicial federal, derivadas de la reforma constitucional del 15 de septiembre de 2024, son de carácter electoral por mandato de la propia Constitución, y así lo determinó la Corte el pasado 5 de noviembre en la acción de inconstitucionalidad 164/2024.
Insistió en que no se puede aceptar que en un juicio de amparo se asuma competencia para conocer la materia electoral, cuando la constitución lo prohíbe.
“ Este hecho es del conocimiento tanto del Pleno de la Corte como de los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión”, apuntó.
De igual manera, expuso que, al ser una competencia exclusiva del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Comité de Evaluación pasó por alto las disposiciones constitucionales y legales sobre las autoridades competentes en la elección judicial.
“ En tal sentido, se considera prudente que los integrantes del Comité continúen realizando las funciones para las cuales fueron nombrados por el Pleno de la Corte”, manifestó.
Yasmín Esquivel recordó que el Pleno de la Corte determinó en la sesión privada del pasado martes, que 456 de los 471 recursos de inconformidad interpuestos contra el Comité de Evaluación por aspirantes a quienes se les rechazó su elegibilidad, fueran remitidos a la Sala Superior del EPJF, porque la Corte no tenía competencia.
Ministras se unen para invalidar el acuerdo del Comité de Evaluación
Por su parte, la ministra Loretta Ortiz Ahfl informó que también solicitará que el Alto Tribunal invalide el acuerdo del mencionado Comité.
A través de su cuenta oficial en la red social X, dijo que se sumará a la propuesta planteada por las ministras Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel.
“ En consonancia con las propuestas de mis compañeras Ministras @YasminEsquivel_ y @LeniaBatres, presentaré en la Sesión Privada de la #SCJN del día de hoy los argumentos para sostener que el Pleno de este Alto Tribunal puede y debe invalidar el acuerdo del Comité de Evaluación que suspende -dentro de sus competencias- el proceso electoral judicial.
“ Este proceso es esencial para democratizar la justicia en nuestro país y exige que cada órgano respete sus funciones específicas. El Comité de Evaluación tiene un rol técnico y temporal: recibir expedientes, verificar requisitos y seleccionar a los mejores candidatos. No tiene la facultad para suspender el proceso, ya que esto contraviene el mandato constitucional del artículo 96, que obliga a cada Poder de la Unión, incluida la #SCJN, a postular candidaturas para los cargos judiciales”, mencionó.
Aseguró que suspender el proceso obstaculiza el avance hacia un sistema judicial más plural, accesible y representativo.