Nacional
Por Agencia Reforma
Publicado el sábado, 25 de enero del 2025 a las 15:44
Ciudad de México.- El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación consideró que el Tribunal Electoral Federal ha actuado al margen de la Constitución al ordenarle que ignore suspensiones dictadas por Jueces de amparo y reanude el proceso de selección de candidatos para la elección de junio.
Solicitó ayer a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Norma Piña, una medida cautelar para congelar la orden dictada el miércoles pasado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y evitar que éste imponga multas, arrestos u otras medidas de apremio a los integrantes del Comité.
“El efecto que se solicita imprimir a la medida cautelar, tiene como sustento la aparente inconstitucionalidad de una determinación dictada en uno o más juicios de la competencia de la jurisdicción electoral, que pretende dejar sin efectos sendas resoluciones dictadas dentro de juicios de amparo», indicó el presidente del Comité, Wilfrido Castañón.
“Ni en los artículos 99 y 107 de la Constitución, ni en lo previsto en la Ley de Amparo o en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, se advierte una atribución expresa de los órganos que ejercen la jurisdicción electoral para dejar sin efectos lo resuelto en la jurisdicción constitucional ordinaria del Estado mexicano.
Piña estuvo de acuerdo en que es necesario ordenar que las cosas «se mantengan en el estado en que se encuentran» y no se impongan sanciones al Comité por no ejecutar la orden del TEPJF, que le dio 24 horas para cumplir.
“Toda vez que se acredita la apariencia del buen derecho de la solicitud, dado que el acatamiento de las interlocutorias de suspensión dictadas en los juicios de amparo constituye una obligación constitucional cuyo incumplimiento se sanciona penalmente, y que al momento en que se provee aún se encuentra corriendo el plazo de cumplimiento de la sentencia electoral contradictoria con dichas interlocutorias, se impone conceder al Comité de Evaluación la medida cautelar solicitada», resolvió la Ministra.
“El hecho de mantener las cosas en el estado en el que se encuentran no implica una suspensión en materia electoral ni paralizar potestad jurisdiccional alguna, sino adoptar una medida cautelar que incide exclusivamente en la esfera jurídica del Comité, con la finalidad de que ninguno de sus miembros se encuentre en el supuesto de ser merecedores de las sanciones previstas para las autoridades que incurren en desacato de una sentencia».
Castañón promovió una controversia bajo el artículo 11 de la Ley Orgánica del PJF, para que la Corte «determine a cuál de las resoluciones en conflicto deberá atenderse o incluso establecer una forma diversa en que este Comité conduzca el ejercicio de sus atribuciones.
Los tres Magistrados que hacen mayoría en la Sala Superior del TEPJF sostienen que el amparo no procede en material electoral, y la elección judicial no se puede detener, porque lo ordena la Constitución.
Sergio Santamaría, Juez Primero de Distrito con sede en Michoacán, afirmó que el Tribunal Electoral no tiene facultades legales para presentar denuncias en su contra ante la FGR por dictar suspensiones que ordenan frenar la elección judicial.
Sostuvo que, a pesar de que el TEPJF le «puso la espada en el cuello», no denunciará a los Magistrados de la Sala Superior por incumplir una suspensión.
El miércoles pasado, el TEPJF Instruyó al Comité de Evaluación del Poder Judicial incumplir con la suspensión de Santamaría, a quien acordó denunciar ante la FGR y la Judicatura.
“De haber podido sancionarme directamente lo habrían hecho, pero ¿por qué no lo hicieron? porque no tienen facultades», afirmó.
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