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| Ordena Tribunal Electoral reinstalación de Olga Xóchitl 'N'. Foto: Especial

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TEPJF ordena reinstalación de la segunda regidora Olga Xóchitl ‘N’ en Ayuntamiento de Torreón

  Por Grupo Zócalo

Publicado el domingo, 22 de diciembre del 2024 a las 14:11


Olga Xóchitl fue vinculada a proceso por su presunta responsabilidad en los delitos de lesiones levísimas calificadas por razón de género y amenazas

Torreón, Coah.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal de Coahuila y dejó sin efectos la sustitución de la segunda regidora del Ayuntamiento de Torreón, Olga Xóchitl “N”, con lo que ordenó su reinstalación en el cargo de forma inmediata y durante los días que restan de la Administración municipal 2022-2024.

Para ello, el Cabildo deberá efectuar a la brevedad, una sesión extraordinaria con el fin de cumplir la sentencia de la autoridad electoral.

La sentencia de la Sala Regional Monterrey del TEPJF emitida el pasado 20 de diciembre, del juicio para la protección de los derechos político-electorales SM-JDC-679/2024, establece que, si bien, las determinaciones penales únicamente pueden cuestionarse en su legalidad o constitucionalidad ante las instancias respectivas “los acuerdos o determinaciones que no son sentencias definitivas y firmes, carecen de eficacia y fuerza para suspender o privar a una persona del ejercicio del derecho que una mayoría ciudadana le otorgó popularmente para ejercer el cargo”.

De acuerdo con dicha resolución “el criterio que se adopta por esta Sala, tutela de manera efectiva los derechos político electorales, y a la par, mantiene una lectura apegada a la jurisprudencia de Sala Superior, en la que, ciertamente, los actos de naturaleza penal no pueden revisarse en la jurisdicción electoral, esa revisión debe entenderse desde la perspectiva de su legalidad o constitucionalidad, sin que esto incluya el alcance de privar o eliminar otro derecho fundamental, salvo en el caso de una decisión definitiva y firme”.

El pasado 23 de octubre, se desarrolló la audiencia inicial del procedimiento penal contra Olga Xóchitl “N” por el delito de lesiones levísimas calificadas por razón de género y amenazas, en la cual, la Jueza Penal de Primera Instancia le impuso, entre otras, la medida cautelar consistente en la suspensión temporal de su cargo como regidora.

De esta decisión se notificó al Congreso del Estado y al Ayuntamiento de Torreón, por lo que éste último se declaró incompetente para aplicar dicha medida cautelar y remitió el asunto al Congreso local, el cual determinó, el 6 de noviembre, que se debía designar a la suplente, Amira Darwich García, para desempeñar dichas funciones hasta que se resolviera la situación jurídica.

En atención a esta determinación, el alcalde, Román Alberto Cepeda González tomó la protesta a la suplente de Olga Xóchitl “N” en sesión de Cabildo efectuada el viernes 15 del mes pasado.

Por este motivo, el día 16 Olga Xóchitl “N” presentó demanda federal, por salto de instancia, ante la Sala Monterrey contra la omisión de darle a conocer diversos oficios, así como contra el Decreto 120/2024 en el cual se basó la designación de la suplente; sin embargo, el día 25 se determinó reencauzar la demanda al Tribunal Local para que resolviera el asunto en un plazo de tres días hábiles.

El 4 de diciembre, el Tribunal Electoral de Coahuila de Zaragoza determinó que carecía de competencia para conocer de la impugnación de la actora contra la medida cautelar, y sobreseyó en el juicio, lo relacionado con la determinación del Congreso del Estado de designar a la regidora suplente, porque la pretensión de Olga Xóchitl “N” de ser reincorporada “es inviable jurídica y materialmente”.

La actora de este juicio expuso en su demanda que el TECZ dejó de observar que las medidas cautelares son un acto formalmente penal, pero materialmente electoral al incidir de manera directa en el desempeño de su encargo como regidora, y expuso que dicha instancia sí es competente para conocer de su impugnación, pues la medida cautelar tiene una naturaleza distinta en la que aún no se comprueba su responsabilidad penal.

En la valoración de este argumento, la Sala Monterrey consideró que tiene razón la actora respecto a que el Tribunal local debió advertir la afectación a su derecho político a ejercer el cargo para el cual fue electa, apoyándose además en la jurisprudencia existente en la materia, con lo que dejó sin efecto el Decreto 120/2024 del Congreso del Estado.

Cabe recordar que la segunda regidora, Olga Xóchitl “N” fue vinculada a proceso por su presunta responsabilidad en los delitos de lesiones levísimas calificadas por razón de género y amenazas, en agravio de Silvia “N”, por hechos ocurridos en agosto de 2022 y cuyo proceso penal continúa vigente.

 

Con información de El Siglo de Torreón

 

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