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| Ausencia de legislación sobre maternidad subrogada en el país genera múltiples violaciones a derechos humanos, sobre todo de extranjeros. Foto: Especial

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Rodea vacío legal a vientres de alquiler; falta de regulación genera violaciones a derechos humanos

  Por Agencia Reforma

Publicado el domingo, 22 de diciembre del 2024 a las 10:29


Abusos de clínicas y negación de documentos de identidad, entre las violaciones a derechos humanos por desregulación de maternidad subrogada

Ciudad de México.- La ausencia de legislación sobre maternidad subrogada está generando múltiples violaciones a derechos humanos y problemas difíciles de resolver para la justicia federal, sobre todo en casos de extranjeros que alquilan el vientre de mujeres mexicanas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el 4 de diciembre, por tres votos contra dos, un proyecto que declaraba inconstitucional el sistema de registro de menores en Jalisco, porque no prevé expedir actas de nacimiento para bebés nacidos por subrogación.

El caso será retornado a otro Ministro o Ministra de la Primera Sala, sin que se conozcan públicamente las razones de quienes votaron en contra, y podrían pasar meses para que se presente un nuevo proyecto.

Actualmente, sólo en Tabasco y Sinaloa está regulada la gestación por sustitución en México, de acuerdo con el estudio “Efectos inesperados. Feminismos y Apuestas Penales en México” del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

En contraste, Querétaro y San Luis Potosí han incluido artículos en sus códigos Civil y Familiar que desconocen explícitamente este tipo de acuerdos y establecen que siempre se presumirá la maternidad de la mujer gestante. En el resto del país, la gestación subrogada permanece desregulada”, se advierte.

Ante ello, alerta el estudio, se producen múltiples violaciones a derechos humanos relacionadas con esta práctica en México, como ausencia de contratos, abusos por parte de clínicas y agencias, negación de documentos de identidad a las y los niños nacidos a partir de estos acuerdos, criminalización de las mujeres gestantes, entre otros.

Sin embargo, se precisa en el análisis, el establecimiento de prohibiciones legales, ya sean de carácter civil o penal, lejos de eliminar la práctica y sus consecuencias, contribuye a situar a las partes en un estado de mayor vulnerabilidad.

Desde 2021, la Corte exhortó a los congresos federal y estatales a legislar este tema de manera “urgente y prioritaria”, luego de revisar la norma de Tabasco, una de las dos entidades que lo regulan, y de reconocer el derecho de las mujeres para celebrar este tipo de contratos.

La subrogación contratada por extranjeros es la que más litigios provoca, y el criterio judicial que prevalece, es que debe expedirse un acta de nacimiento provisional, pero que no se puede sacar al menor del país.

Una revisión aleatoria a juzgados federales en la Ciudad de México detectó al menos quince amparos en trámite, promovidos por ciudadanos chinos, estadounidenses, franceses, rusos e israelíes, entre otros, que buscan actas y/o pasaportes para recién nacidos por subrogación.

En estas actas, según la mayoría de los jueces, no se debe incluir el nombre de la madre que gestó al bebé -pese a que ella aparece en el certificado de nacimiento del sector salud-, pero sí se debe hacer una anotación marginal, aclarando que fue una subrogación.

Otro tribunal ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) emitir normas específicas para expedir pasaportes a bebés nacidos por subrogación, lo que no se ha cumplido.

En el país la maternidad subrogada se practica desde hace años, pero su regulación es insuficiente.

Estados que regulan la maternidad subrogada

– Tabasco y Sinaloa

Desconocen validez de estos contratos

– Querétaro y Coahuila

Aprobó una ley, pero Jefe de Gobierno no la publicó

– Ciudad de México (en 2010)

Pendientes legales

– Legislación integral de congresos federal y estatales.
– Reglas de la SRE para expedir pasaportes de bebés nacidos por subrogación.
– Criterios en caso de invalidez del contrato de subrogación, como obligaciones de las partes, y las consecuencias para el menor.

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