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| El pasado 21 de noviembre, la mayoría en la Cámara de Diputados avaló la reforma. Foto: Especial

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Claudia Sheinbaum publica en Diario Oficial de la Federación ampliación de prisión preventiva

  Por José Alfredo Ramos López

Publicado el jueves, 2 de enero del 2025 a las 11:30


Con su publicación en el DOF, entró en vigor este 1 de enero la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

Ciudad de México.- La presidenta Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que oficializa la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución, y que se traduce como un esfuerzo del gobierno federal por abatir la impunidad en delitos de alto impacto.

El Gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) durante el pasado 31 de diciembre la reforma con la que en este 2025 entra en vigor la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

En la edición vespertina de Fin de Año, realizó el último paso para que entrara en vigor que ahora el juez podrá ordenar esta medida cautelar en casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción, enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.

Asimismo, el robo a transporte de carga, delitos relacionados con hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, en materia de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares; delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, Fuerza Armada y Aérea.

Se añade también la ilegal introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.

Sin embargo, salen del catálogo de delitos graves el narcomenudeo y la defraudación fiscal. En el primer caso debido a que se le dará un tratamiento social a la falta, y en el segundo porque involucra a casos de ciudadanos que podrían incumplir con sus obligaciones fiscales.

El artículo que se modifica es el 19 Constitucional en su segundo párrafo y tras su publicación, el Congreso de la Unión tendrá 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias, con base en el decreto.

Por su parte, las legislaturas locales tendrán un año para hacer las adecuaciones normativas necesarias y apegarse a lo que indica la reforma.

Se concreta ampliación de facultades en SSPC Este primero de enero también entró en vigor la reforma que permite a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) investigar delitos, además de dirigir la Estrategia Nacional de Seguridad.

El pasado 21 de noviembre, la mayoría en la Cámara de Diputados avaló la reforma que modifica al artículo 21 Constitucional en la materia, luego del aval en el Senado, y el 31 de diciembre de 2024, finalmente se publicó en el Diario Oficial.

A partir de ahora, la SSPC tendrá noventa días para apegarse a las disposiciones que marca el decreto.

Estas indican que el Ministerio Público, la Secretaría que lidera Omar García Harfuch, la Guardia Nacional y las policías estarán a cargo de la investigación de los delitos.

Asimismo, los fondos federales para la seguridad pública se entregarán a los estados y municipios, a quienes vigilará el Sistema Nacional de Seguridad mediante el Secretariado Ejecutivo.

Este mismo Secretariado podrá ampliar las bases, emitir acuerdos y lineamientos, así como homologar estándares y criterios para lograr una coordinación entre los tres órdenes de Gobierno.

La SSPC también coordinará el Sistema Nacional de Inteligencia y apoyará a la titular del Ejecutivo en sus funciones relativas a la seguridad nacional.

 

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