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| El diputado Alberto Hurtado Vera (Morena) propone reformar la Ley de Aguas para los Municipios de Coahuila. Foto: Especial

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Proponen prohibir corte de agua a familias vulnerables en Coahuila

  Por Ernesto Acosta

Publicado el martes, 1 de abril del 2025 a las 14:55


El diputado Alberto Hurtado Vera (Morena) propone reformar la Ley de Aguas para los Municipios de Coahuila

Saltillo, Coah.- El diputado Alberto Hurtado Vera (Morena) propone reformar la Ley de Aguas para los Municipios de Coahuila, a fin de garantizar el derecho humano al agua mediante la prohibición del corte del servicio domiciliario, a los usuarios que demuestren estar en vulnerabilidad social, económica o de salud, sin que implique condonar el adeudo.

Esto, indicó, a fin de proteger su dignidad, salud y condiciones mínimas de bienestar, sin perjuicio de la obligación de cubrir los adeudos correspondientes.

Argumentó que el Artículo 4 de la Constitución Mexicana indica que “toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho”.

Este mandato implica una obligación directa de todas las autoridades, incluyendo gobiernos municipales, de adoptar medidas que aseguren el ejercicio efectivo de este derecho en condiciones de igualdad, dignidad y no discriminación, explicó.

Uno de los más graves mecanismos de exclusión es la suspensión del suministro por falta de pago, especialmente cuando esta medida se aplica de manera generalizada y sin distinción entre quienes pueden pagar y quienes simplemente no tienen los medios para hacerlo”.

Cortar el agua a una familia en situación de pobreza, abandono o enfermedad es una medida desproporcionada que afecta no sólo su salud y bienestar, sino su dignidad humana”.

Por ahora, el Artículo 86 de la Ley de Aguas para los Municipios refiere que un usuario con dos meses de mora puede ser sujeto a restricción del servicio y, si acumula tres meses, puede sufrir la suspensión total del servicio.

Propone prohibir la suspensión del servicio a quienes acrediten situación de vulnerabilidad, lo que deberán evaluar las autoridades municipales o el organismo operador del agua, mediante documentos oficiales, estudios socio-económicos o registros públicos, sin que implique condonar el adeudo, de manera que será obligado a pagar.

Criterios para identificar situación de vulnerabilidad:

-Ser beneficiario de programas públicos de asistencia social o combate a la pobreza, de cualquier orden de gobierno.

-Residir en colonias, barrios o localidades clasificadas por indicadores oficiales como zonas de alta o muy alta marginación

-Padecer o convivir con personas que padezcan enfermedades crónicas, discapacidad o condición médica grave que requiera acceso constante al agua para su cuidado e higiene.

-Integrar un hogar encabezado por una persona adulta mayor en situación de abandono, dependencia económica o sin pensión suficiente.

-Ser víctima reciente de fenómenos naturales, emergencias sanitarias, conflictos o desplazamientos forzados, debidamente acreditados.

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