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| También aplicará para los candidatos que definan los Comités de evaluación de los tres poderes y realicen proselitismo. Foto: @INEMexico

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Prohíbe INE promoción anticipada de aspirantes a Poder Judicial

  Por Agencia Reforma

Publicado el jueves, 23 de enero del 2025 a las 21:31


INE prohibió actos anticipados de campaña a aspirantes a cargos en el Poder Judicial, con medidas que incluyen a servidores de la nación.

Ciudad de México.- Ante actos de proselitismo adelantado de juzgadores en funciones y aspirantes a candidatos al Poder Judicial, el INE prohibió la promoción anticipada desde esta semana.

Dentro de este periodo de tiempo en que aún no hay candidaturas, se pueden comentar infracciones por quienes se encuentran en este momento participando en los procesos de selección, por ello nos estamos haciendo cargo de este tema y estamos previendo que se pueda denunciar y, en su caso, sancionar”, advirtió la consejera Carla Humphrey.

El INE aprobó el catálogo de infracciones para aspirantes y candidatos a cargos del Poder Judicial, partidos, funcionarios, ciudadanos y concesionarios durante el proceso.

A propuesta del consejero Martín Faz se prohibió que servidores de la nación o funcionarios que manejen programas sociales puedan participar o sean moderadores en actos de candidatos.

Estas son medidas preventivas para evitar la injerencia y/o participación de personas servidoras públicas que manejan programas sociales”, dijo.

Ministras de la Suprema Corte Lenia Batres y Loretta Ortiz, así como jueces y magistrados, que son candidatos de facto, arrancaron desde hace semanas un activismo inusual para promover su aspiración, e incluso, ciudadanos presentaron denuncias ante el INE por actos anticipados de campaña.

Así, quienes sean denunciados por actos anticipados antes del 12 de febrero se les abrirá un procedimiento sancionador.

También aplicará para los candidatos que definan los Comités de evaluación de los tres poderes y realicen proselitismo indebido entre el 12 de febrero y el 29 de marzo.

En el documento aprobado se establece que tanto los aspirantes como los candidatos tendrán prohibido realizar actos anticipados de campaña, contratación de espacios en medios electrónicos, encuestas o incluso en medios “físicos, impresos o digitales” para promoverse.

Difusión de propaganda electoral que contenga expresiones que constituyan calumnia o que vulnere el interés superior de la niñez, que no esté en materiales impresos reciclados o dañe el ambiente; realizar proselitismo de cualquier tipo en el territorio extranjero, de manera personal o por terceros; y cometer actos de violencia política de género.

La entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o efectivo, a través de cualquier sistema que implique la entrega de un bien o servicio, ya sea por sí o interpósita persona”, agrega el catálogo.

En un intento por frenar la injerencia de Gobiernos y funcionarios, como en otros procesos electorales, se advierte que no podrán promover o pronunciarse “a favor o en contra” de candidatos.

Los servidores públicos tampoco podrán realizar propaganda personalizada o provocar, de alguna manera, inequidad.

Mientras que los partidos políticos tampoco deberán hacer proselitismo a favor o en contra de aspirantes.

Los ciudadanos, personas físicas o los medios de comunicación no podrán “publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio” encuestas o sondeos de opinión tres días antes de la elección y hasta la hora de cierre de las casillas.

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