Nacional
Por Teresa Quiroz
Publicado el lunes, 6 de septiembre del 2021 a las 14:30
Ciudad de México.- Este lunes en sesión de pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio inicio el análisis de la despenalización del aborto en Coahuila y Sinaloa, siendo la propuesta del magistrado Luis María Aguilar la que en próximas horas será votada y determine si en ambos estados se legaliza o no la interrupción del embarazo.
Esta propuesta se encuentra alineada a los criterios de la corte, pues ambas concuerdan en que ninguna protección a la vida desde la concepción puede incitar restricciones en los derechos de las personas nacidas y fue votada a favor por ocho de los 10 magistrados que componen la SCJN.
Luis María Aguilar, propuso avalar la Ley General de Salud el artículo 10 Bis, segundo y tercero transitorio que prevé dicha figura. con lo anterior se busca declarar la inconstitucionalidad los artículos195 y 196 que impiden la libre decisión de interrumpir el embarazo, los cuales se encuentran en el código penal de Coahuila.
“ La institución accionante sostiene que estas normas son anticonstitucionales porque violentan los derechos de autonomía y libertad reproductiva de la mujer al establecer un tipo penal que prohíbe y sanciona la interrupción del embarazo en la primera etapa de gestación” advirtió el ministro Luis María Aguilar
El ministro explicó que garantizar los servicios integrales de la salud reproductiva es responsabilidad del Estado y no de los médicos, quienes se encuentran impedidos a apelar la objeción de conciencia cuando se trate de alguna urgencia médica o se encuentre en peligro la vida de la persona.
Por último, el ministro Luis María Aguilar, puntualizó que la objeción de conciencia no es un derecho ni una política del Estado, pues una condición individual del médico con base en su libertad religiosa, de ideología y conciencia.
“ Se trata del derecho de decidir sobre su propia vida y a evaluar si tomar una decisión al respecto debe o no ser sancionada penalmente”, aclaró.
En Coahuila en 2020 se registraron dos indagatorias por interrupción del embarazo, mientras que en 2021 se abrieron dos en enero y dos en julio. Sin embargo no existen sentencias relacionadas con el delito de aborto.
Dato:
Artículo 195 del Código Penal del Estado de Coahuila: comete aborto quien encausa a la muerte al producto de la concepción en cualquier momento del embarazo,
Artículo 196 del Código Penal del Estado de Coahuila: penaliza el aborto en la etapa inicial y establece que se impondrán de uno a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar.
Con información de Milenio
Notas Relacionadas
Más sobre esta sección Más en Nacional
Hace 1 hora
Hace 1 hora
Hace 1 hora
Hace 2 horas
Hace 2 horas
Hace 2 horas
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 3 horas
Hace 4 horas