Fuentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revelaron que la ministra fue notificada ayer que se le turnará el proyecto del ministro Juan Luis Alcántara Carrancá, quien propuso que se reponga el procedimiento en el juicio de amparo que entabló el magnicida.
El pasado 25 de septiembre, la Primera Sala de la Corte abordó el tema, pero Alcántara Carrancá y la ministra Loretta Ortiz Ahfl votaron por revocar el amparo que le daría su libertad.
En tanto, la ministra Margarita Ríos Farjat y el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunciaron por confirmar el amparo concedido por un Tribunal Colegiado, mismo que abrió la puerta a Mario Aburto.
En dicha sesión, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se declaró impedido para conocer el asunto, ya que, en 1996, cuando era juez de Distrito, declaró inocente a Othón Cortés, quien fue señalado por la Procuraduría General de la República (PGR) de ser el segundo tirador contra Luis Donaldo Colosio.
Ríos Farjat dijo que reponer el proceso alargará el asunto y provocará revictimización.
“ Hasta antes de la reforma constitucional en el año 2000, en 1994, fecha en que ocurrieron los hechos, las normas penales no establecían el reconocimiento de una calidad específica a las víctimas en los casos, pues eran representados por el Ministerio Público, por ello, en este caso no se les dio la intervención dentro de la causa penal, ni en el juio de amparo.
“Por esa razón, respetuosamente yo no puedo acompañar una propuesta que reabre un proceso donde la participación de las víctimas en la época de los años, no tenía un alcance como el que ahora se pretende, una repetición que, además, puede alargar innecesariamente su juicio, generar victimización y expectativas ilusorias a las víctimas indirectas donde el Ministerio Público ya ejerció la representación debida”, declaró la ministra.
El empate, propició que se decidiera llamar a una ministra o ministro de la Segunda Sala para emitir el voto de desempate.
La votación de este caso está prevista para el próximo 23 de octubre, aunque la fecha podría cambiar si Lenia Batres pide más tiempo para estudiar el asunto.
Es de mencionar que, la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito que ordena al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Apelación del Estado de México revocar la sentencia de 45 años de cárcel y dictar una nueva tomando como base la pena que prevalecía en el Código Penal de Baja California en 1994, la cual contemplaba una condena máxima de 30 años por el delito de homicidio.
El Ministerio Público Federal argumentó que el Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones y a las personas individuales afectadas, lo cual debe ser restituido.