Nacional
Por
Agencia Reforma
Publicado el jueves, 27 de marzo del 2025 a las 04:10
Ciudad de México.- La organización Defensores por una Justicia Digna demandó al Tribunal Electoral anular la candidatura de cuatro aspirantes al Poder Judicial cercanos a la Iglesia La Luz del Mundo, al acusar que los contendientes no cumplen con el requisito de “buena reputación” e incluso uno de ellos es ministro de culto.
Las candidaturas cuestionadas son la de Madián Sinaí Menchaca Sierra, aspirante a jueza de Distrito en Materia Administrativa en el Tercer Circuito de Jalisco.
Afirmó que es hija del obispo Nicolás Menchaca, quien quedó al frente de la congregación evangélica tras el encarcelamiento de Naasón Joaquín García y ha mostrado una defensa férrea del clérigo sentenciado en Estados Unidos a 16 años y 8 meses de cárcel por abuso sexual a
menores.
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Madián Sinaí, ahora candidata a jueza en materia administrativa, es una de las principales colaboradoras y operadoras de Nicolás Menchaca”, se indicó en la queja.
Otra de las aspirantes señalada es Cinthia Teniente Mendoza, quien busca ser magistrada en materia de trabajo en el Décimo Sexto Circuito en Guanajuato, quien es Presidenta Municipal morenista de Villagrán y esposa del senador Emmanuel Reyes.
La organización civil también señaló a Betzabeth Almazán Morales, candidata a jueza de Distrito en Materia Civil por el Tercer Circuito de Jalisco, a quien acusa de ser una defensora férrea de Naasón.
También a Job Daniel Ibarra Wong, candidato a magistrado en Materia Laboral en el Tercer Circuito de Jalisco, a quien señalaron por haberse desempeñado como ministro de culto de la Iglesia La Luz del Mundo.
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Tres de las candidaturas no cuentan con el requisito de buena reputación para ejercer el cargo de jueces de Distrito o magistrados, pues forman parte de la secta de líderes de La Luz del Mundo, que incurre en diversos delitos que han sido denunciados como delincuencia organizada ante la FGR.
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Ibarra Wong es ministro de culto según la definición prevista en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por lo que se encuentra impedido para hacer proselitismo político y para desempeñar el cargo de conformidad con el Artículo 130 de la Constitución”, indica la queja.
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