El entrevistado comentó que el voto de las personas en prisión preventiva, es el derecho que tienen quienes se encuentran en espera de una sentencia definitiva dentro de un centro penitenciario en Durango para participar en la elección de ayuntamientos.
El entrevistado dijo que para la emisión del voto se considerará como domicilio de las personas en prisión preventiva, el que corresponda al centro penitenciario en el que estén recluidas.
De la misma manera, sostuvo que la modalidad en la que se llevará a cabo este procedimiento será a través del voto presencial emitido en forma anticipada al interior de los centros penitenciarios que lo hayan autorizado, y garanticen las condiciones de seguridad e infraestructura para la instalación de las mesas receptoras de los sufragios; por lo cual, podrán votar de manera presencial del 14 al 21 de mayo de 2025, las personas recluidas en los siguientes penales del estado: el Cereso No. 1 en Durango capital, el Cedireso No. 1 en El Salto Pueblo Nuevo, el Cedireso No. 2 en Santiago Papasquiaro, el Cefereso No. 7 en Guadalupe Victoria y el Cefereso No. 14 en Gómez Palacio.
Votos serán resguardados
La votación emitida será resguardada por el Instituto Nacional Electoral a través de las Juntas Distritales Electorales correspondientes de esta entidad federativa, en sobres de seguridad hasta el día de la jornada electoral, 1 de junio de 2025, día en que se realizará el escrutinio y cómputo de la votación, dijo.
Pero, además, explicó que esta labor, se lleva a cabo bajo el trabajo coordinado entre el Instituto Nacional Electoral a través de la Junta Local Ejecutiva en Durango, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Durango y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango.