Nacional
Por Edith Mendoza
Publicado el martes, 31 de diciembre del 2024 a las 10:12
Saltillo, Coah.- Los contribuyentes del SAT tendrán un año más tendrán para cumplir con la obligación fiscal de habilitar el Buzón Tributario y una vez concluido este plazo, ahora sí, su incumplimiento será motivo de infracción.
Cabe recordar que fue desde 2020, el SAT hizo el llamado a habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto como un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con ciertas excepciones.
Con esta prórroga, los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar esta herramienta. Esta regla exenta a personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados o suspendidos, así como a personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica, al igual que a los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Entre los beneficios se encuentra el poder contar con un portal privado y personalizado, así como la inmediatez de las notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet; así mismo, poder conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados, reducir tiempos y recursos, así como la certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT y en las operaciones que se realicen.
Para habilitar el Buzón Tributario es necesario ingresar al Portal del SAT (sat.gob.mx), dar clic en el botón Buzón Tributario, acceder con RFC y Contraseña o e.firma vigente. Elegir la opción de Configuración y llenar el formulario de medios de contacto, donde se registra un correo electrónico y un teléfono celular.
Dentro de las 72 horas siguientes es importante confirmar los medios de contacto. Para ello, se enviará un correo electrónico con una liga de confirmación, a la que se tiene que dar clic para verificar el correo; y para el número celular se envía un mensaje SMS con un código, el cual se debe capturar en la opción Configuración del Buzón Tributario.
Para consultar dudas, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información, se puede visitar el minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html
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