Nacional
Por Agencia Reforma
Publicado el miércoles, 8 de enero del 2025 a las 04:30
Ciudad de México.- El Comité de Evaluación del Poder Judicial Federal (PJF) suspendió su proceso para seleccionar candidatos a la elección judicial de 2025, lo que podría provocar que sólo se presenten aspirantes nominados por los poderes Ejecutivo y Legislativo.
El Comité acordó hoy que debe acatar una suspensión dictada por el juez Primero de Distrito en Michoacán, Sergio Santamaría, quien desde el 20 de diciembre ordenó a los tres comités de Evaluación abstenerse de seguir adelante con sus procesos de selección, como parte del amparo 1074/2024, uno de los muchos promovidos contra la reforma judicial.
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Se suspende, en el ámbito de competencia de este Comité de Evaluación del PJF, toda actividad que implique la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de diversos cargos del PJF, en tanto no se revoque o modifique la medida cautelar”, dice el acuerdo.
La suspensión, que apenas fue notificada durante el fin de semana al Comité, podría estar vigente durante semanas o meses, cuando, en teoría, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendría que enviar su lista definitiva de candidatos al Senado a más tardar el 7 de febrero.
Es altamente probable que los comités de los otros Poderes, sin embargo, no acaten esta suspensión y sigan adelante con sus procesos de selección, que están por iniciar la etapa de calificación de la idoneidad de los aspirantes y entrevistas personales.
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Cabe señalar que no se desconoce por este Comité que de no acatarse esta medida cautelar por los comités de Evaluación de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, se provocaría una considerable inequidad a los participantes en el proceso electoral”, menciona el acuerdo.
El Comité del PJF sólo calificó como elegibles a mil 46 de las 3 mil 814 personas que se inscribieron para contender por alguno de los 881 puestos que estarán en disputa en junio, en contraste con los otros comités, que tienen a más de 22 mil aspirantes elegibles.
Jueces federales han dictado múltiples suspensiones para detener esta reforma, desde antes que fuera aprobada, pero todas han sido ignoradas por las autoridades, incluidas las que prohíben al Instituto Nacional Electoral (INE) seguir con la organización de la elección.
Esto último fue posible gracias a una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del PJF, que sostuvo que no es posible detener este proceso.
Cabe mencionar que los jueces de amparo no pueden dictar órdenes a la Corte, pero el Comité de Evaluación es un órgano distinto, integrando por académicos y magistrados federales.
Por otra parte, este martes, en sesión privada, el Pleno de la Corte acordó que la gran mayoría de los 471 recursos de inconformidad que recibió de aspirantes eliminados por el Comité del PJF, deberán ser resueltos por el TEPJF, y no por la propia Corte como se había previsto originalmente.
Lo anterior, explicaron fuentes judiciales, porque el tema de quién debía resolver estos recursos no estaba claro en las leyes electorales de la reforma judicial, pero la nueva Ley Orgánica del PJF asigna la facultad claramente al TEPJF.
La Corte ya sólo resolverá las inconformidades de quienes se inscribieron para candidaturas a la Sala Superior o salas regionales del propio TEPJF.
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