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| El SAT siempre avisa a los contribuyentes a través del Buzón Tributario. Foto: Especial

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¿El SAT puede retirar sin aviso los fondos de tu cuenta bancaria? Esto dice la ley

Por Grupo Zócalo

Publicado el jueves, 8 de agosto del 2024 a las 13:39


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica cuál es el procedimiento para inmovilizar una cuenta y hacer transferencias

Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el ente autorizado para la regulación fiscal y aduanera, además de que es la instancia donde las personas físicas presentan su declaración anual. Pero también cuenta con otras facultades, tales como transferir el dinero de las cuentas de todas aquellas personas que cuenten con adeudos ante bancos.

De acuerdo con la misma información del SAT, si una persona cuenta con adeudos o alguna otra irregularidad ante las instituciones bancarias, puede hacerse acreedora a la inmovilización de tu cuenta, “significa que no puedes disponer de ellos, hasta por el importe de tu adeudo actualizado”, afirma.

¿El SAT puede retirar sin aviso los fondos de tu cuenta bancaria?

El SAT sí puede retirar los fondos de tu cuenta bancaria en caso de adeudos o irregularidades, pero no lo hace sin aviso. El primer paso es la inmovilización de la cuenta, lo cual sólo ocurre cuando la persona física no interpuso algún medio de defensa legal ante la demanda de alguna institución bancaria, es decir, si un banco denuncia porque no le pagan el adeudo.

Las personas pueden solicitar que no se inmovilicen sus cuentas, siempre y cuando, dejen alguna garantía como: depósitos en efectivo, prensa o hipoteca, fianza otorgada por la institución financiera, embargo en la vía administrativa, títulos de valor o cartera de crédito, de acuerdo con el SAT.

En caso de que una persona tenga su cuenta inmovilizada, no se haya defendido por las vías pertinentes y no deje alguna garantía, el SAT puede transferir el monto del adeudo desde las cuentas del deudor. Es importante remarcar que la autoridad fiscal siempre informa todo esto a través del Buzón Tributario.

Así retira el SAT los fondos de tu cuenta bancaria*:

• El SAT ordena a las instituciones de banca múltiple que hagan la transferencia por el monto de los adeudos.

• Las instituciones de banca múltiple informan el total de lo transferido la Tesorería de la Federación (en un plazo de tres días).

• La autoridad fiscal notifica a la persona a través del Buzón Tributario o de manera personal, en tanto tenga su domicilio fiscal actualizado.

*En caso de adeudos y si el contribuyente no se defiende vía legal

Si el saldo transferido es mayor al importe de la deuda (incluyendo los recargos), las personas pueden interponer una queja ante el SAT; sin embargo, deben contar con todos los documentos que lo acrediten. En caso de que la devolución proceda, la autoridad fiscal cuenta con un plazo de 20 días.

¿En qué otro caso pueden retirar el dinero de tus cuentas bancarias?

Sólo en el caso de que una cuenta bancaria no registre movimientos o actividad alguna, en un lapso de seis años, las instituciones están obligadas a entregar dichos recursos a la beneficencia pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Una cuenta se considera como inactiva en el siguiente supuesto: cuando no ha realizado ningún movimiento (como depósitos o retiros) en un lapso de tres años. La Comisión Nacional para la Protección y la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) recuerda que las comisiones del banco no son consideradas como un movimiento.

Pero en este caso tampoco se da sin un aviso previo al titular de la cuenta, ya que los bancos cuentan con un lapso de 90 días para localizarlo y advertirle que su dinero irá a una cuenta global; por tal motivo, es importante que las personas tengan sus datos actualizados ante el banco.

 

Con información de Radio Fórmula

 

 

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