Monclova
Por
Milton Malacara
Publicado el martes, 8 de abril del 2025 a las 04:00
Monclova, Coah.- Los llamados días santos no son días de descanso obligatorio, aclaró Roberto Ramírez García, titular del Centro de Conciliación Laboral; según la Ley Federal de Trabajo los empleados deben laborar de manera normal durante estos días, a menos que se llegue a un acuerdo con su patrón.
El Juez Laboral explicó, que los trabajadores pueden negociar con sus patrones para tomar estos días como vacaciones, pero no es un derecho automático, en caso de ser empleados de pequeñas empresas o negocios, los acuerdos se pueden realizar de manera individual, en empresas grandes se debe realizar a través de la diligencia sindical.
El funcionario destacó, que la confusión surge porque algunas empresas otorgan vacaciones en Semana Santa, pero esto no es un derecho laboral, los trabajadores deben conocer sus derechos y obligaciones para evitar problemas laborales, incluyendo posibles despidos.
Explicó que los días de descanso laboral obligatorio es el primero de enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, primero de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre y 25 de diciembre, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Trabajo.
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