Nacional
Por Agencia Reforma
Publicado el miércoles, 27 de octubre del 2021 a las 12:56
Ciudad de México.- Un juzgado de distrito dio un plazo de 5 días hábiles al Gobierno federal para dar inicio a un plan de vacunación contra el Covid-19 que incluya a todos los menores de 12 a 17 años, sin distinción de su estado de salud.
El Juzgado Séptimo de Distrito en Naucalpan, Estado de México, advirtió que, de incumplirse este mandamiento, denunciará el desacato judicial ante la Fiscalía General de la República (FGR) porque las autoridades sanitarias estarían incurriendo en el delito de abuso de autoridad.
“ Se concede a las autoridades responsables una prórroga de 5 días hábiles, contados a partir de la legal notificación del presente acuerdo, para que den cumplimiento al resolutivo segundo, en términos del considerando cuarto, de la suspensión definitiva”, resolvió el órgano jurisdiccional.
“ En ese sentido, reitérese a las autoridades responsables que el incumplimiento de la medida cautelar implica el delito de abuso de autoridad previsto por el artículo 262 fracción III y 265 fracción I, de la Ley de Amparo y sancionado por el numeral 215 del Código Penal Federal, por lo que cualquier violación a la misma dará lugar a que se dé vista al agente del Ministerio Público de la Federación para los efectos conducentes”.
El 12 de octubre, se dio a conocer que el juzgado concedió una suspensión definitiva para que las autoridades sanitarias modifiquen la Política Nacional de Vacunación (PNV) y consideren a todos los menores en la inmunización con Pfizer-BioNtech, la única autorizada hasta ahora para esas edades.
La suspensión fue concedida en un amparo promovido en favor de una sola niña, pero el juzgado consideró que no hay impedimento para que la medida tenga efectos generales, pues el derecho humano a la salud es universal.
Al momento de resolver, la autoridad judicial concedió un plazo de 48 horas al Gobierno para modificar la PNV, sin embargo, hoy notificó la ampliación que vence hasta la próxima semana, siempre y cuando las autoridades sanitarias sean notificadas en la presente.
En un acuerdo publicado ayer, el juzgado reitera que la aplicación de las dosis a los menores de este grupo de edad debe ser parte del calendario de julio de 2021 a marzo de 2022; es decir, no necesariamente deben ser inoculados de inmediato los menores de 12 a 17 años.
El órgano judicial advirtió este martes que si las autoridades sanitarias emiten un acuerdo interno para ordenar abstenerse de recibir promociones, demandas, amparos o requerimientos del presente amparo, entonces le notificarán en correos electrónicos institucionales.
Si la autoridad no admite la notificación por esta vía, el actuario acudirá a la sede de las dependencias a levantar un acta, asentará la negativa de los servidores públicos y tendrá por hecha la notificación.
“ La instrucción dada a las oficialías de partes de las oficinas directas del Secretario, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud y la Oficina del abogado general, derivó del incremento de casos confirmados de personas que han contraído el virus Sars-cov2 (Covid-19)”, dice el juzgado.
“ Sin embargo, ningún acuerdo administrativo interno puede estar por encima de las disposiciones que establece la Ley Reglamentaria de los artículos 103 y 107, de la Constitución, pues la instrucción referida trastoca lo que establece el artículo 17, de la legislación en comento; además, de que las referidas autoridades están en aptitud de implementar las medidas necesarias a efecto de atender”.
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