Nacional
Por Agencia Reforma
Publicado el jueves, 10 de octubre del 2024 a las 17:25
Ciudad de México.- La Suprema Corte protagonizó hoy un inesperado debate público que puso en evidencia lo que algunos Ministros consideran lagunas en la reforma al Poder Judicial, así como el nivel de tensión entre sus integrantes, en particular entre la Presidenta Norma Piña y la Ministra Lenia Batres.
La discusión, de casi una hora, se centró en si la Corte sigue requiriendo ocho votos para invalidar una ley, o si ahora bastan seis, pues así lo prevé la Constitución a partir del 16 de septiembre, sin que se hubiera incluido un artículo transitorio para aclarar el tema.
Sin embargo, fueron surgiendo otros temas, entre ellos, que ya no hay ley que permita relevar al Ministro Luis María Aguilar, luego de su retiro el 30 de noviembre, así como el hecho de que los salarios en la Corte siguen siendo superiores a los del Ejecutivo, este último, traído a colación por la Ministra Batres, quien insistió en que es un “golpe de Estado” atribuirse funciones de otros Poderes.
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No se construyó (sic) todas las reglas provisionales en tanto funcionara durante un año más la integración de once Ministros y Ministras en esta Corte”, admitió la propia Batres, “en este caso hay una reforma específica en la que yo asumo que no se terminó de reglamentar esta circunstancia, y por eso hablo de vacío, de una laguna legal”.
Si bien la Ministra Norma Piña afirmó que este era el momento para aclarar el tema de los seis u ocho votos, posteriormente se planteó hacerlo en la sesión del próximo lunes, y a fin de cuentas, por siete votos contra cuatro, se dejó para cuando se presente otro asunto como el de hoy, donde no se alcancen ocho votos para invalidar, pero sí seis o siete.
El debate derivó de una acción contra los cobros por certificación de documentos previstos en la Ley de Ingresos del Municipio de Piedras Negras, Coahuila.
Como solo se lograron siete votos por invalidar, Piña sugirió desestimar la acción de inconstitucionalidad, como se ha hecho en estos casos desde 1995.
Pero el Ministro Alfredo Gutiérrez, quien desde un principio ha sostenido que la nueva redacción de la Constitución se debe aplicar tal cual, cuestionó cuál era el fundamento para tomar los ocho votos como necesarios para invalidar, cuando la Carta Magna ya solo requiere seis.
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En el texto Constitucional actual yo no encuentro un requisito de ocho votos”, dijo Gutiérrez.
El Ministro Alberto Pérez Dayán replicó que son ocho porque la Corte tiene once Ministros, pero Gutiérrez insistió que no hay norma expresa vigente en la Constitución que lo prevea.
#LaCorte invalidó los impuestos de algunos municipios de Coahuila sobre espectáculos públicos; multas administrativas por faltas a la moral; y sanciones por participar en juegos en vía pública que pongan en peligro a los transeúntes, entre otros aspectos.… pic.twitter.com/XpmJngonJT
— Suprema Corte (@SCJN) October 10, 2024
El 17 de septiembre, el Ministro Gutiérrez, y las Ministras Batres y Piña ya habían sostenido, en una sesión privada, que las dos Salas de la Corte ya no debían funcionar porque la Constitución ahora prevé que solo opere en Pleno, pero los otros ocho votaron por mantenerlas.
El Ministro Jorge Pardo consideró que todas las reglas de la integración de once Ministros deben mantenerse vigentes hasta septiembre de 2025, cuando tomarán posesión los nueve que serán electos en junio de 2025.
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Lo coherente es que se adopte el sistema para invalidar que requiere ocho votos, no es posible que funcione con once y se adopte un sistema que es solo para nueve integrantes”, dijo Yasmín Esquivel.
Gutiérrez siguió poniendo en evidencia que el Congreso no aprobó algún transitorio para regular este tema, por lo que solo sigue existiendo la regla general de mayoría simple de seis, mientras que Javier Láynez recordó que otra transitorio ordena a la Corte interpretar literalmente la reforma.
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No se contempló la situación del Ministro Luis María Aguilar, en unos meses vamos a estar integrados por diez, y entonces vamos a tener otra interpretación, es una situación que queda a nuestro criterio, porque no tenemos ninguna arma jurídica”, dijo la Ministra Loretta Ortiz, al considerar que hay un periodo de “vacancia legal”.
Pérez Dayán rechazó que exista tal vacancia y dijo que si se exige interpretación literal, solo a nueve le puede corresponder la regla de seis.
En sentido contrario, el Ministro Juan Luis González Alcántara recordó que la reforma expresamente pide ocho votos a la Corte para nominar candidatos a la elección judicial de 2025, por lo que no se puede interpretar por analogía que esa mayoría sigue aplicando para otros temas.
Batres dijo que sería “absurdo” aplicar literalmente la reforma, pues se tendría que instalar un pleno de nueve y eliminar las Salas, al tiempo que urgió coherencia, pues si estas últimas siguen operando, también debe seguir la regla de ocho votos, a lo que Láynez aprovechó para recordar que a varios Ministros se les ha acusado de “golpistas” por no interpretar literalmente la Constitución.
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En este caso no estamos contradiciendo un artículo sustantivo de la Constitución, sino llenando un vacío procedimental que nos permite o nos permitiría funcionar. Golpe de estado, efectivamente y lo vuelvo a a repetir, es atribuirnos facultades sustantivas que corresponden a otros poderes” respondió Batres.
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