El testamento es un asunto de responsabilidad, más que de riqueza o de edad. Según datos de Forbes México, sólo 8% de la población con posibilidad de hacer un testamento, lo ha hecho.
El testamento es un instrumento jurídico de gran importancia porque se constituye en la única forma legal para designar a las personas que serán herederas o legatarias de los bienes, derecho o patrimonio.
Las consecuencias jurídicas que produce un testamento son la transmisión de bienes o derechos, permite designar a quienes serán las personas beneficiarias y con ello asegura una transmisión ordenada del patrimonio de una persona fallecida.
La función principal del testamento es la protección a la familia, herederos o legatarios; especialmente cónyuges, descendientes y otros familiares para garantizar que reciban la parte justa que les corresponde de una herencia.
Un testamento evita conflictos familiares, es un acto solemne y claro sobre la voluntad del testador que reduce la posibilidad de disputas familiares con motivo de su muerte frente a la existencia de su patrimonio.
El testamento es un acto personalísimo, nadie lo puede hacer por otra persona; es revocable porque se puede modificar y será válido el último testamento antes de fallecer; y es un acto libre porque nadie puede obligar a una persona a realizarlo, sólo el testador decide lo que se plasma en el instrumento, en el ejercicio de su capacidad disponiendo de sus bienes, derechos y cumpliendo deberes para después de su muerte.
El otorgamiento del testamento es un acto sencillo que evita gastos mayores, pérdidas de tiempo y problemas familiares, heredando certeza a los seres queridos y evitando actos jurisdiccionales o notariales por la vía intestamentaria.
Al hacer un testamento se debe de nombrar uno o más albaceas para dar cumplimiento a lo dispuesto en su contenido; el albacea es la figura que lleva la honrosa responsabilidad y exigencia de proteger los bienes y el futuro del patrimonio de una persona que luchó por conseguirlo y que no pudo permanecer más tiempo en vida.
El albacea puede o no ser heredero o legatario en el testamento. A partir del 2003, la Secretaría de Gobernación convocó al Notariado Mexicano para promover entre la población el otorgamiento del testamento para fomentar la cultura de la legalidad y la protección de la familia como valor fundamental de la sociedad.
El Colegio Nacional del Notariado Mexicano responde anualmente a la convocatoria y se suma al esfuerzo con reducciones en los costos de los testamentos durante el mes de septiembre.
Es importante hacer algunos apuntes diferenciales entre herencia, legado y donación: la herencia es el conjunto de bienes y derechos a título universal que tenía una persona al tiempo de su muerte.
El legado es una disposición, de bienes y derechos específicos a favor de una persona determinada por causa de muerte y la donación es un regalo, es la transmisión de un bien a título gratuito, entre personas vivas.
En el otorgamiento de testamento, la deontología notarial ha reflexionado el correcto desempeño de la función notarial e invita al desempeño profesional con más humanismo que técnica.
El ejercicio notarial se sensibiliza y experimenta una una emoción de responsabilidad en cada uno de los actos e intervenciones de fe pública.
Para resolver los asuntos privados es imperante contar con notarios comprometidos con cada uno de los actos, con sentido y sustancia social; creatividad y una identificación con la verdad, la ética y la justicia, capacitados constantemente con la causa de la vocación profesional.
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