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| El resto de los argumentos de los partidos para anular casillas fueron calificados como inoperantes o infundados por unanimidad de los seis. Foto: Especial

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TEPJF ‘batea’ 240 impugnaciones para anular casillas electorales

  Por Agencia Reforma

Publicado el jueves, 8 de agosto del 2024 a las 15:10


Sala Superior del TEPJF desechó 240 impugnaciones para anular casillas de elección presidencial; pierde PRD última esperanza para registro

Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó 240 impugnaciones de partidos de Oposición para anular casillas de la elección presidencial.

Con ello, el PRD pierde su última esperanza para mantener su registro.

Los únicos magistrados que proponían anular casillas fueron Janine Otálora y Reyes Rodríguez, 29 y 37 respectivamente, porque se permitió que ciudadanos ajenos a la sección electoral fungieran como funcionarios de las mesas.

Sin embargo, los magistrados que siempre actúan en bloque, Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, rechazaron sus argumentos, posición que también asumió la magistrada Claudia Valle, electa temporalmente para que la Sala Superior pueda calificar la elección a la Presidencia de la República.

El resto de los argumentos de los partidos para anular casillas fueron calificados comoinoperantes o infundados por unanimidad de los seis.

Las causales de nulidad que plantearon los institutos políticos fueron: instalación de casillas sin causa justificada en lugar distinto al aprobado por el INE, recibir la votación en fecha distinta, recibir la votación por personas u órganos distintos a los facultados, haber mediado dolo o error en la computación de los votos o permitir a la ciudadanía sufragar sin credencial para votar o cuyo nombre no aparecía en la lista nominal de electores.

También argumentaron violencia generada por el crimen organizado, coacción del voto e intervención del Presidente Andrés Manuel López Obrador.

Se consideran infundados e inoperantes porque para acreditar tal causal de nulidad resultaba trascendente que el enjuiciante especificara o aportara los elementos probatorios idóneos y suficientes a fin de probar que las irregularidades manifestadas trascendieron a los resultados de la elección, lo cual no aconteció”, planteó en su resolución Fuentes.

La pelea

La única causal que generó división fue la indebida integración de las mesas directivas de casillas.

De los seis magistrados, cuatro rechazaron la anulación de 66 casillas por ese hecho.

Los magistrados Otálora y Rodríguez coincidieron en que sí había indicios para confirmar una causal de nulidad, además de que esto daba certeza de que se corregirían errores de la elección del 2 de junio, y su anulación no alteraba los resultados de la elección.

En esas casillas participaron personas ciudadanas que no corresponden al listado nominal, a la sección electoral en que se emiten estos votos. Con los datos que aportan los partidos, identificando el cargo del funcionario en cuestión y la casilla en la que participó, es suficiente para identificar a la persona funcionaria, su nombre y, por lo tanto, revisar si acredita pertenecer a la sección electoral”, dijo Reyes.

Los magistrados que rechazaron anular casillas argumentaron que el PRD no entregó los nombres de quienes ejercieron el cargo de manera indebida y, por lo tanto, no se podía entrar al fondo.

Sin embargo, Otálora argumentó que pese a no entregar los nombres, era evidente que había una anomalía al realizar una comparación de la lista nominal y la lista de funcionarios, por ello insistió que el Tribunal también debía reconocer esas incidencias.

Con el estudio de estos agravios no sólo se identifican aquellas irregularidades que pudieron producirse, sino que también se disipa cualquier duda respecto de la labor de quienes hicieron posible que la jornada electoral transcurriera en orden para permitir que todas y todos pudiésemos ejercer nuestro derecho a votar”, consideró.

No obstante, el resto de los magistrados lo rechazaron. Incluso, Fuentes justificó que anular era minimizar la votación y desacreditar el trabajo de todos los ciudadanos que fungieron como funcionarios de casilla.

Considero justificado evitar que a través de argumentos genéricos y sin sustento se prive de eficacia a una votación porque una decisión de ese tipo conlleva implícitamente dejar de lado el gran esfuerzo y trabajo que la ciudadanía lleva a cabo el día de la elección, así como la voluntad plasmada en el sufragio.

En consecuencia, esta Sala Superior no debe desarrollar estudios oficiosos frente a impugnaciones genéricas, ya que resulta imperante tutelar la certeza como principio rector de las elecciones y lograr su armonización con el respeto al voto que la ciudadanía ejerció como expresión de su convicción democrática”, dijo.

Primer paso de la calificación

La resolución de estos 240 asuntos es el primer paso para la calificación de la elección.

El próximo lunes, la Sala Superior sesionará para discutir los tres juicios madre que presentó la ex candidata presidencial Xóchitl Gálvez, el PAN, PRI y PRD.

El miércoles se realizará el cómputo final de la elección, aunque el resultado será el mismo al no anular ninguna casilla, oficializar su validez, y el jueves se tomará protesta a Claudia Sheinbaum como Presidenta electa.

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