Nacional
Por Grupo Zócalo
Publicado el domingo, 24 de julio del 2022 a las 09:07
Ciudad de México.- Enrique Cabrero, ex director del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) en el sexenio de Enrique Peña Nieto, ahora investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) consiguió que un tribunal federal le permitiera ocultar su declaración patrimonial.
Pese a que en los últimos cinco años, jueces y magistrados habían rechazado una serie de amparos solicitados por diferentes servidores públicos para no transparentar sus declaraciones patrimoniales, el caso de Cabrero rompió la racha.
El argumento que utilizó en esta ocasión fue que dichas declaraciones atentan contra la privacidad de sus datos personales sensibles.
Desde 2019, altos funcionarios del Banco de México (Banxico), servidores públicos de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), trabajadores sindicalizados de Petróleos Mexicanos (Pemex) y decenas de académicos del CIDE y otros centros de investigación promovieron al menos 159 juicios de amparo para evitar la publicación de los datos de sus declaraciones patrimoniales, de acuerdo con el informe de actividades 2017-2022 de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA), publicado en junio pasado.
Cabrero forma parte de ese grupo de académicos del CIDE que han buscado la protección de la justicia federal para ocultar sus bienes.
Los quejosos reclamaban, en su mayoría, las modificaciones aprobadas por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) que amplió el espectro de servidores públicos obligados a la presentación de la declaración, pues antes de dichos cambios, ellos no reportaban sus bienes y su patrimonio.
Sin embargo, según ese informe de la SESNA, instancia encargada de combatir esos recursos, a ninguno de los servidores públicos inconformes le habían dado la razón en tribunales y tuvieron que transparentar su patrimonio.
Pero en 2022, Cabrero Mendoza modificó su estrategia y esta vez alegó otra cosa: reclamó que la Secretaría de la Función Pública (SFP) no toma las “medidas proporcionales de tratamiento y divulgación de los datos personales” y que, por lo tanto, no garantiza la protección de sus datos sensibles.
Fuentes que conocen el caso, consultadas por MILENIO, aseguran que es la primera vez que un tribunal otorga la suspensión para evitar la difusión de una declaración patrimonial, que es una obligación de ley, y advirtieron que la decisión de los magistrados abre la puerta a que otros servidores públicos pretendan hacer lo mismo para ocultar sus propiedades.
Cabrero Mendoza dejó su cargo al frente del Conacyt al finalizar el sexenio de Enrique Peña Nieto y ahora es investigador en el CIDE.
El académico forma parte de los 31 investigadores del Conacyt y del Foro Consultivo Científico y Tecnológico que fueron acusados y son investigados por la Fiscalía General de la República (FGR) por los presuntos delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, que habrían sido cometidos en el sexenio anterior.
Según las fuentes consultadas, Cabrero presentó un primer juicio de amparo para no presentar su declaración patrimonial del año 2020, pero no tuvo éxito en la primera instancia judicial y el juicio está en revisión en segunda instancia.
En ese entonces, en su recurso presentado junto con otros investigadores, el reclamo estaba dirigido contra las diferentes instituciones que conforman el Comité Coordinador del SNA.
En 2021, Cabrero no interpuso ningún recurso contra la declaración patrimonial, pero en 2022, cambió su estrategia legal y decidió dirigir su reclamo únicamente a la SFP.
De acuerdo con los datos disponibles en el sistema de consulta de expedientes del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el juicio de amparo lo interpuso ante el juzgado 16 de distrito, ante el cual reclamó “la omisión de tomar las medidas proporcionales de tratamiento y divulgación de los datos personales de la parte quejosa en términos del artículo 16 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, lo anterior a efecto de garantizar la protección de los datos sensibles derivado de la difusión no autorizada de los datos personales de la parte quejosa con motivo de la presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses realizada el día 28 de mayo de 2022”.
Además, reclamó “la omisión de establecer y mantener las medidas de seguridad que permitan garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos personales de la parte quejosa vertidos en la declaración Patrimonial y de Intereses realizada el día 28 de mayo de 2022” y “la inminente publicación de los datos sensibles de la parte quejosa a través de la plataforma electrónica DeclaraNet misma que administra la Secretaría de la Función Pública”.
Cabrero alegó que no se ha realizado “la evaluación de impacto de datos personales por parte de las autoridades responsables”.
El 21 de junio, el juez federal negó la suspensión que solicitaba el académico con el argumento de que el quejoso “forma parte de la administración pública paraestatal y reciben recursos de carácter público, por lo que están obligados a rendir su declaración patrimonial a efecto de que exista transparencia en relación con los recursos que reciben, razón por la que no puede concederse la medida cautelar patrimonial solicitada”.
El juez argumentó, además, que darle la razón “implicaría una afectación al orden público e interés social, dado que la sociedad se encuentra interesada en la transparencia acerca del uso de los recursos públicos y su repartición en los servidores públicos”.
El 29 de junio, Cabrero recurrió la determinación del juez ante el Sexto Tribunal Colegiado, en donde los magistrados Carlos Ronzón Sevilla, Juan Carlos Guzmán Rosas y Antonio Campuzano Rodríguez le dieron la razón y ordenaron a las autoridades responsables “se abstengan de hacer pública la declaración de situación patrimonial e intereses a través de la plataforma DeclaraNet, o cualquier otra similar”.
El argumento de los magistrados para dar la razón a Cabrero es que el servidor público cumplió con presentar su declaración patrimonial ante la autoridad, pero que no es necesario hacer públicos todos los datos ahí contenidos.
“ Existe el peligro de que se pueda dar a conocer datos de carácter privado de una persona, que no tengan relación alguna con su desempeño como funcionario gubernamental”, dice la sentencia.
La versión pública de las declaraciones patrimoniales, que es más exhaustiva en los bienes y relaciones personales de los servidores públicos, fue aprobada por el Comité Coordinador del SNA y permite ver al público en general los datos relevantes para conocer el patrimonio y la evolución patrimonial de los servidores públicos, que están obligados a transparentar esos datos de sus bienes.
El informe de la SESNA detalla que la mayoría de los juicios de amparos contra las declaraciones patrimoniales fueron promovidos por investigadores y personal tanto del CIDE, de los que hay al menos 54 ─algunos de esos juicios se presentaron en bloque, pues incluían las inconformidades de hasta 40 investigadores─ y de otros Centros Públicos de Investigación, de los que suman 60 juicios.
Banxico sumó 18 juicios contra las disposiciones del SNA; Pemex, 17 y la Cofece, 10.
Los quejosos reclamaron ante el PJF la obligación de presentar su declaración patrimonial en los formatos aprobados por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, los cuales, a partir de su aprobación en 2019, aplicaron para todos los servidores públicos del país, sin importar su nivel jerárquico.
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