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Niegan a Cabify volver a operar en Puebla

Por Agencia Reforma

Publicado el viernes, 20 de octubre del 2017 a las 17:23


Un juez federal rechazó autorizar a la empresa Cabify para retomar sus actividades en el Estado de Puebla

Ciudad de México.- Un juez federal rechazó autorizar a la empresa Cabify para retomar sus actividades en el Estado de Puebla, canceladas a raíz del asesinato de Mara Castilla Miranda a manos de un chofer contratado por medio de esa plataforma.

Alfonso Ortiz, Juez Tercero de Distrito en Materia de Amparo en San Andrés Cholula negó este miércoles la suspensión provisional solicitada por Cabify contra la resolución del pasado 18 de septiembre, por la cual el Gobierno de Puebla le canceló el permiso para operar.

De concederse la suspensión, “se estaría permitiendo la continuación de actividades con claro perjuicio al interés social o colectivo”, afirmó el Juez.

Agregó que, en este caso, las acciones de la autoridad buscan controlar a las personas morales que prestan su servicio como empresas de redes de transporte para que proporcionen a través de los conductores, “seguridad, equidad de género y respeto a los derechos humanos”, por lo que debe privar el interés colectivo sobre los intereses particulares de Cabify.

Si bien negó la suspensión, el juez admitió a trámite el amparo, por lo que desahogará un juicio para analizar la Constitucionalidad de la cancelación del permiso, mismo que puede tomar varios meses.

Cabify puede impugnar la negativa de suspensión ante un tribunal colegiado de circuito, que tendrá 48 horas para resolver.

Ricardo Alexis, acusado del asesinato de Castilla Miranda, quien tenía 19 años de edad, había sido dado de baja por Uber por comportamientos indebidos.

El Gobierno de Puebla sostuvo que, en las condiciones de servicio que ofrece, Cabify se deslinda por completo de cualquier conflicto entre el usuario y el “tercero transportista”, sin que la empresa pueda tener responsabilidad alguna.

Por tanto, según la autoridad, “no existe, en el caso de Cabify México, S. de R.L. de C.V, garantía de que los procedimientos para certificar a sus conductores aseguren el cumplimiento de los principios de seguridad, equidad de género y respeto a los derechos humanos”.

También destacó que Cabify no había exhibido el informe mensual de altas y bajas de los operadores de su plataforma, lo que sumado al homicidio de Mara Castilla, “pone en entredicho la seguridad de los protocolos de certificación”.

Además de la cancelación del permiso, Cabify impugnó la Constitucionalidad de los artículos 45 Ter y 55 Ter de la Ley de Transporte de Puebla, que establecen los requisitos de registro y operación para transporte contratado por plataformas tecnológicas.

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