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Hasta 5 mil días de salario, multa a empresas que contraten menores

Por Redacción

Publicado el miércoles, 19 de abril del 2017 a las 09:00


Se multa a empresas y patrones que tengan laborando a menores de edad sin registrarlos en el IMSS o sin un permiso de trabajo...

Acuña, Coah.- El trabajo de los menores está regulado por la Ley Federal del Trabajo, así como por la Constitución de nuestro país, donde claramente se estipula que los jóvenes menores de 18 años pueden solicitar un permiso para poder trabajar, siempre y cuando tenga 15 años o más.

Christian Denise Lozano Nava, procuradora del Trabajo, dio a conocer que para expedir un permiso para laborar es necesario que el menor presente el consentimiento de sus padres, de igual manera que esté estudiando y lo más importante, es que se desempeñe en un trabajo que le ayude a superarse en sus estudios.

Las multas otorgadas a las empresas varían desde los 500 a los 5 mil salarios mínimos, esto en caso de tener un menor de edad trabajando y no reportarlo en el Seguro Social, ya que muchos patrones por evitarse problemas los contratan sin seguro y por ende sin papelería que compruebe su edad.

Lozano Nava comentó que las cartas o permisos de trabajo son expedidas en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje presentando acta de nacimiento, comprobante de domicilio, certificado o comprobante de estudios, así como el consentimiento de los padres y la INE de ambos.

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