Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
Inversión pública potenciará crecimiento económico de México, asegura Sheinbaum ¡Sin piedad! Diablos Rojos arranca temporada LMB con récord histórico Jáquez brilla en triunfo del Heat que da pase a Playoffs Feminicida de Iztacalco deshacía con químicos a sus víctimas; cronometraba el tiempo Se filtra información del próximo Animal Crossing

Zócalo

|

|

Información

Busca prohibir contraprestaciones en escuelas

Por Roberto José

Publicado el sábado, 12 de agosto del 2017 a las 17:21


La legisladora sostuvo que la educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar todos los demás derechos

Ciudad de México.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados, analiza una iniciativa para que las autoridades escolares no puedan exigir cuotas y las asociaciones de padres de familia se abstengan de difundir, por cualquier medio, situaciones o circunstancias que afecten la imagen, el respeto, la integridad y la igualdad en el trato de los alumnos, cuyos progenitores no participen o cooperen con estas aportaciones voluntarias.

La reforma a la Ley General de Educación, impulsada por la diputada Gretel Culin Jaime del PAN, señala que prueba de que dicha práctica continúa son las constantes quejas de padres de familia, preocupados al ver que sus hijos son exhibidos e, incluso, ridiculizados frente a sus compañeros por no cubrir estas cuotas.

La legisladora sostuvo que la educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar todos los demás derechos, ya que promueve la libertad y la autonomía personal, y genera importantes beneficios para el desarrollo.

Apuntó que el objetivo principal de la iniciativa es contribuir a erradicar un problema de grandes dimensiones que ha mermado la economía de las familias mexicanas, quienes pagan de manera obligatoria, coactiva o “voluntaria” cuotas destinadas a cubrir necesidades esenciales de los planteles escolares.

Detalló que las aportaciones son utilizadas para la compra de papel higiénico, adquisición de artículos de limpieza, remodelación de baños y reparación de ventiladores y bancas acentuándose la situación en los planteles de educación básica, sin que haya una sanción explícita para quienes realizan esta conducta.

Recordó que si bien es cierto el artículo 6 de la Ley General de Educación pareciera atender la problemática planteada, al estipular que se prohíbe el pago de cualquier contraprestación, se debe enfatizar que “se prohíbe exigir cualquier contraprestación”.

Culin Jaime afirmó que “en ningún caso se podrá condicionar la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, a la exigencia de contraprestación alguna.”

Reiteró que es obligación del Estado garantizar una educación gratuita que permita su acceso a todos; por lo tanto, expresó, no se puede justificar el cobro de cuotas por necesidades de infraestructura, servicios y otros conceptos, al ver los porcentajes de desigualdad económica y los índices crecientes de pobreza en el país.

“Posiblemente, en diversas entidades federativas sea mayor la problemática, y quizá habrá ciudadanos, también, que estén de acuerdo en la aportación voluntaria; sin embargo, es insostenible que bajo esa perspectiva se siga permitiendo dicha práctica y no haya una sanción”, consideró.

Notas Relacionadas

Más sobre esta sección Más en